Qué es la execración

La palabra tiene un sentido amplio, relacionado con maldecir o reprobar con vehemencia. El DLE recoge una acepción retórica referida a la fórmula con que se execra. En una clasificación más específica de las figuras de pensamiento, execración designa el deseo de un mal grave para uno mismo.

Aquí se distinguen ambos alcances. La imprecación expresa el deseo de que alguien sufra un mal y no exige que ese alguien sea otra persona; puede solaparse con la automaldición. No basta con un insulto, con nombrar a Dios o con usar signos de exclamación para reconocer la figura.

Un fragmento dramático

La voz del personaje importa tanto como las palabras de la maldición.

1 ejemplo

1. Don Juan se impone un castigo si no cumple su amenaza

DON JUAN ¡Cuál gritan esos malditos! ¡Pero mal rayo me parta si en concluyendo la carta no pagan caros sus gritos! (Sigue escribiendo.)

Contexto y alcance: Fragmento del comienzo de Don Juan Tenorio: don Juan escribe en una hostería mientras oye el bullicio del carnaval. La escena continúa después de estos versos.

La automaldición aparece en mal rayo me parta: el daño recaería sobre quien habla. La condición si… no pagan enlaza ese castigo con la amenaza de responder a los gritos. Malditos, por sí solo, sería un insulto dirigido a otros; no explica el mecanismo completo.

Se restituyen Cuál y rayo frente a Cuán y rayos del original, y se adopta la puntuación de la edición consultada. Se añaden el nombre del personaje y su acotación para conservar la forma dramática del fragmento, sin presentarlo como escena completa.

José Zorrilla, Don Juan Tenorio (1844), primera parte, acto I, escena I, versos iniciales. Texto español cotejado con la edición digital de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, basada en Madrid, Sucesores de Rivadeneyra, 1892. Fragmento, no escena completa. Consultar edición

Una invocación en un discurso

La condición que seguía al recorte cambia su interpretación.

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2. Nariño invoca un castigo sobre su propia cabeza

¡Dios supremo, a cuya vista no se puede ocultar el corazón del hombre, levantad vuestro brazo omnipotente y descargadlo sobre mi cabeza […]!

Contexto y alcance: Fragmento de la Defensa ante el Senado de Antonio Nariño, pronunciada en Bogotá el 14 de mayo de 1823. El enunciado continúa: pide ese castigo antes de volver a servir de pretexto a los enemigos de la patria. Ese contexto evita leer el recorte como una súplica sin condición.

El destinatario de la invocación es Dios, pero el destinatario del castigo es el propio orador: mi cabeza. Esa dirección del mal permite reconocer la execración entendida como automaldición. La apelación directa es, además, un apóstrofe; ambas funciones pueden coexistir.

Se conserva toda la extensión de la cita aportada y se señala su interrupción con […]. Se añaden comas y cierre de exclamación. La transcripción consultada, p. 321, dice no se pueden ocultar el corazón; aquí se mantiene puede, como en el material original. Por esa variante y el recorte, no se presenta como transcripción diplomática de la edición.

Antonio Nariño, Defensa ante el Senado (1823), fragmento transmitido por el material original. Procedencia cotejada con la transcripción publicada por UPTC en el trabajo de Enrique Santos Molano, p. 321 (página 181 del PDF). Se conserva puede frente a pueden en esa edición y se marca el corte final. Consultar edición

Unos versos con atribución no comprobada

Es posible analizar la formulación sin certificar una firma que carece de respaldo localizado.

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3. Una pena que recae sobre quien habla

El Papa me excomulgue desde Roma cuando la Inquisición llegue a informalle que un mi agüelo fue primo de Mahoma

Contexto y alcance: Tres versos transmitidos por el original, que los atribuye al Conde de Abascal. No se ha localizado una obra o edición fiable que confirme esa atribución ni permita reconstruir el contexto completo.

La fórmula me excomulgue hace recaer la pena invocada sobre el propio hablante. Permite analizar una automaldición en estos versos, aunque no determinar sin más su intención dentro de una obra. La alusión al parentesco forma parte de la voz del pasaje; no acredita una genealogía ni justifica una condena religiosa.

Se conservan los tres versos completos y las formas informalle y agüelo; no se sustituyen silenciosamente por informarle y abuelo. La etiqueta Conde de Abascal se mantiene solo como atribución del original no comprobada. La repetición de una firma en recopilaciones no basta para verificarla.

Texto del material original; atribuido allí al Conde de Abascal. Autor, obra y edición no comprobados. Se conservan informalle y agüelo; el análisis se limita a la formulación transmitida.

Job: un contraste entre los dos sentidos

Maldecir el día del nacimiento: un alcance diferente

Pereciera el día en que nací; convirtiese aquel día en tinieblas no haga Dios de él desde lo alto, ni sea con luz alumbrado

Redacción transmitida por el original, relacionada con Job 3, 3–4. En el inicio del capítulo, Job maldice el día de su nacimiento. La traducción y edición exactas de esta redacción no están identificadas.

La maldición se dirige de manera inmediata al día natal. Puede estudiarse como imprecación y como execración en el sentido amplio de maldición; no reproduce exactamente la fórmula de pedir que un castigo recaiga ahora sobre el hablante. Por eso se separa de los tres ejemplos de automaldición, sin declarar que sea ajena a todo uso de execración.

Se conserva íntegro el texto suministrado. La secuencia no haga Dios de él resulta incompleta y no se corrige inventando palabras. El texto de comparación, El libro del Pueblo de Dios, confirma el pasaje y el destinatario de la maldición, pero no respalda esta redacción como cita literal suya. Se trata de un fragmento, no del capítulo entero.

Versión del material original relacionada con Job 3, 3–4; traducción exacta no identificada. Cotejo de contenido, no de literalidad, con El libro del Pueblo de Dios.

Leer Job 3 en el texto de comparación

Qué se corrige en la explicación original

Las figuras literarias no se reducen a alterar la sintaxis. En estos pasajes importa el acto de maldecir y su destinatario. La clasificación como figura patética alude a la expresión de afectos intensos; no significa que todas las figuras emotivas sean intercambiables.

La invocación religiosa aparece en algunos casos, pero no es necesario suponer que todo lector comparte una creencia. Tampoco se confunden la exclamación, la pregunta retórica, el deseo y el ruego con la execración. La guía de lenguaje figurado ayuda a relacionar la formulación con la intención y el contexto.

Textos, versiones y copia

Se conservan los cuatro pasajes aportados, sin convertir los versos de una estrofa en ejemplos independientes. Zorrilla se coteja con una edición de su obra; el fragmento de Nariño se localiza en la transcripción de su discurso. Los otros dos mantienen visibles los límites de autoría o versión.

La copia incluye el fragmento, el contexto imprescindible y su procedencia. La atribución no comprobada acompaña siempre a los versos que el original asigna al Conde de Abascal. El pasaje de Job queda como contraste documental y no se ofrece como una traducción verificada.